DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta SALA Nº 1 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE y DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación con efecto suspensivo interpuesto por la profesional del Derecho KATHERINE AZUAJE, Fiscal Auxiliar del Ministerio Público adscrita a la Sala de Flagrancia de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada por el TRIBUNAL 4º DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, en fecha 25-03-2018, mediante la cual le impuso a la ciudadana CRISMARY JOSELIN DIAZ ARROYO, las medidas cautelares sustitutivas, previstas en el artículo 242 numerales 3, 4 y 8 del Código Orgánico Procesal.....