Se declara la continuación de la presente investigación por los trámites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el artículo 283 ejusdem. Tercero: Impone al imputado LUIS MIGUEL GOMEZ las medidas cautelares previstas en los numerales 3, 4 y 8 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal consistentes en la presentación por ante la Oficina del Alguacilazgo cada quince (15) días, la prohibición expresa de ausentarse del área de la Jurisdicción del Tribunal, de la Jurisdicción del Área Metropolitana de Caracas y del País sin previa autorización de este Despacho y la presentación de dos o mas fiadores con capacidad económica equivalente a cien (100) unidades tributarias. Cuarto: Se ordena como lugar de reclusión el Centro Nacional de Procesados Militares ubicado en el Sector Ramo Verde la ciudad de Los Teques hasta tanto de cumplimiento a la medida impuesta. En este estado interviene la.....