ACUERDA: Declarar con lugar la solicitud de la Vindicta Pública en cuanto a la aplicación de las medidas cautelares, y se le impone a los adolescentes IDENTIFICACION OMITIDA, plenamente identificados al comienzo de este acto; las contempladas en el artículo 582 literales "C, D y F" consistentes la primera es en la obligación de presentarse cada ocho (08) días ante este Tribunal, a partir del día lunes 29 del corriente mes y año; la segunda en la prohibición de ausentarse de la jurisdicción del Tribunal y del Área Metropolitana de Caracas; la tercera prohibición de mantener cualquier tipo de contacto en forma directa o indirecta con la víctima; y además a estas medidas la contemplada en el literal "a" del referido artículo 582; consistente en la colocación de los adolescentes bajo el cuidado y vigilancia de sus padres. En virtud que el Tribunal observa que se encuentran presentes los representantes de los imputados, se Acuerda levantar las respectivas actas de compromiso, debiend.....