...Así mismo, reconocen y aceptan que siendo un acto de auto-composición procesal, con la homologación solicitada adquiere fuerza de Cosa Juzgada, lo que las obliga a cumplir con lo establecido en esta acta, dando de esta forma culminado el presente juicio. Visto como a través de la mediación se han logrado conciliar las posiciones de las partes, se fija el día jueves 19 de junio de 2008 a las 11:00 a.m. a los fines de que se proceda a pagar el monto acordado en esta audiencia. Ahora bien, culminada como ha sido la controversia, de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se homologa el acuerdo aquí celebrado, el cual adquiere el efecto de Cosa Juzgada. Se solicita a la Secretaria del Despacho expedir copias certificadas de la presente acta, tal como lo preceptúa el artículo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo. Terminó y conformes firman.-