...CON LUGAR la solicitud de amparo constitucional interpuesto por el ciudadano JOSE LEONARDO CHIRINOS RIVAS, antes identificado, contra la Sociedad Mercantil "DISTRIBUIDORA DE ALUMINIO DISTRALUMCA, C.A." (DISTRALUMCA), plenamente identificada.-
En consecuencia se ordena a la Sociedad Mercantil "DISTRIBUIDORA DE ALUMINIO DISTRALUMCA, C.A." (DISTRALUMCA), en la persona de su representante legal o quien haga sus veces, acatar y dar cumplimiento a la Providencia Administrativa Nro. 64-2009, de fecha 29 de mayo de 2009, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, ordenando el reenganche del ciudadano JOSE LEONARDO CHIRINOS a su sitio habitual de trabajo en las mismas condiciones en las cuales se venía desempeñando con el consecuente pago de los salarios dejados de percibir desde el momento de su despido, hasta su definitiva reincorporación. .....