"... este Tribunal Cuarto de Juicio del Trabajo de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional, ejercida por el ciudadano DOUGLAS ANGEL CASTILLO BRACAMONTE, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.679.647, contra la empresa PROCTER & GAMBLE INDUSTRIAL, S.A., en virtud del incumplimiento a lo ordenado en la Providencia Administrativa Nro. 272-2008 de fecha 09-09-2008 dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO "JOSE RAFAEL NUÑEZ TENORIO", CON SEDE EN GUATIRE, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caidos incoada por el ciudadano DOUGLAS CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.679.647, contra la empresa antes referida. SEGUNDO: INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional ..."