...Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor del artículo 488-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: En virtud de la constatación de desorden procesal en la causa No. JMS1-4265-12, iniciada por aviso del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en protección del niño DATOS OMITIDOS y, posteriormente, se tramitó lo referido a la situación de la niña DATOS OMITIDOS, en la misma causa, se DECLARA LA NULIDAD de los autos dictados el 28 de Enero de 2014 y 20 de Diciembre de 2013.
SEGUNDO: En consecuencia, DECLARA NULOS y, por ende, sin efecto jurídico alguno los a.....