...como consecuencia que no hubo despacho los días 02, 05, 06, 08, 09, 20, 21, 22, 23, y 26.05.14, siendo necesario actuar Jueces y Juezas para preservar el acceso a la justicia de las partes y demás intervinientes, habida consideración que el acceso a la justicia constituye expresión del derecho humano a la tutela judicial efectiva, brindando con ello certeza y seguridad jurídica en torno a la oportunidad en que deben sucederse los actos procesales, para lo cual resulta de enorme importancia que aquellos y aquellas conozcan, de forma previa, la fecha cierta en que habrán de desarrollarse las distintas audiencias, encontrándose ambas partes a derecho, habiéndose reprogramado la audiencia por auto del 12.05.14, que obra al folio 270-1ra pieza, para el 28.05.14, fecha para la cual aún no habrán vencido los cinco días para la contestación del recurso, pues el transcurso de este plazo se inició al día de despacho siguiente al vencimiento de los cinco días previstos para la formalización, e.....