Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos MARIAM AISHA ARIAS PEREZ y HENRY HANS ARIAS PEREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-24.523.627 y V-27.040.438, respectivamente, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante HENRY ARIAS DAGER, fallecido en fecha 27 de enero de 2019, quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.536.472, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la presente solicitud en original y déjese copia.
Publíquese, Regístrese y déjese constancia en el diar.....