Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos KATIUSKA ELIZABETH GARCIA DE OROZCO y JOSE ALBERTO OROZCO MILANO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.469.306 y V-6.192.448, respectivamente, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha diez 10 de febrero de 1987, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador Caracas Distrito Capital, según consta de copia simple certificada AD EFFECTUM VIDENDI del acta de matrimonio N° 34, inserta en el Libro de Registro Civil de Matr.....