Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos MARIA AUXILIADORA ARMAS DE AGUIAR, CHRISTIAN YOREL AGUIAR ARMAS, ALEJANDRA CAROLINA AGUIAR ARMAS, JHORDAN NATHANIEL AGUIAR ARMAS y KENNY JHADAT AGUIAR ARMAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.912.424, V-12.416.369, V-14.216.615, V-16.888.648 y V-25.386.692, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSE RAFAEL AGUIAR GONZALEZ, fallecido en fecha 28 de enero de 2012, quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-1.884.814, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Códi.....