Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la solicitud de Titulo Supletorio formulada por la ciudadana ZULAY JOSEFINA MORENO FUENTES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 6.842.527, y en consecuencia, se declara consumado el acto de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.-
No hay especial condenatoria en las costas del recurso dada la naturaleza del presente fallo.
Publíquese en la página web del Tribunal Supremo de Justicia (www.tsj.gob.ve) y en el portal web: www.miranda.scc.org.ve. Regístrese y déjese constancia en el Diario, así como Copia Certificada de la presente decisión en la sede del.....