Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: La PÉRDIDA DEL INTERÉS DEL ACTOR EN LA RESOLUCIÓN DE LA PRESENTE CAUSA, que por DESALOJO, incoara los abogado LUIS RAMON MALPICA MATERAN y ARMANDO RAUL MARTINEZ LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-604.905 y V-4.419.731 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 2.989 y 97.904, respectivamente, en representación de la Sociedad Mercantil "HACIENDA EL MOGOTE, C.A.", inscrita ante el Registro Mercantil Tercero, en fecha veintinueve (29) de diciembre de mil novecientos noventa y nueve (1.999), bajo el Nº 47, Tomo 26 A-Tro, contra la ciudadana GLADYZ ISABEL LOPEZ ALMEIDA, venezolana, mayor de.....