Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos ANA EDILIA MALDONADO y EUGENIO VILLEGAS BERRIOS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-2.127.578 y V-3.101.464, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante EUGENIO JOSE VILLEGAS MALDONADO, fallecido en fecha dieciséis (16) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.279.116, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la presente solicitud en original y déjese copia.
Publíquese, Regís.....