Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos ELGA SORAYA ROSAS de VELASCO y JOSÉ ENRIQUE VELASCO CHÁVEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Nos.V-6.856.325 y V-6.463.093, respectivamente, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha primero (1º) de marzo del año 1991, por ante el Registro Civil de Personas y Electoral del Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, tal como se evidencia en la copia certificada del acta dematrimonio signada con el Nº32, Folio 32, Tomo 1, de los Libros de Registros de Matrimonios llevados por ante el refer.....