Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos sobre los De Cujus ISABEL SOSA de ROA () y PRUDENCIANO ROA ESCALANTE (), venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-982.567 y V-1.245.481, respectivamente, presentada por la ciudadana VIRGINIA DEL CARMEN ROA SOSA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.967.757.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
Publíquese en la página web del Tribunal Supremo de Justicia (www.tsj.gob.ve), regístrese y déjese constancia en el diario.
Dada, firmada .....