Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio presentada por el ciudadano SAMUEL ORTEGA VELAZCO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-6.553.958, en contra de la ciudadana CIRIA DE JESUS VELASQUEZ DE ORTEGA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.263.279, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha veintidós (22) de mayo de 1992, por ante el Registro Civil y Electoral del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda, tal como se evidencia en la copia certificada del Acta Nº 87, de los Libros de Registros de Matrimonios llevado por ante .....