declara la conversión en divorcio de la Separación de Cuerpos decretada a favor de los ciudadanos NAZARETH DEL CARMEN PEÑA ALAYON y JHONY JOSÈ DÌAZ MARTÌNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-22.351.619 y V-20.695.662, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código de Civil y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 17 de noviembre de 2011, según consta del acta de matrimonios inserta bajo el N° 186, folio 186 del Libro de Matrimonios llevado por ese Despacho durante el año 2011, así como la comunidad conyugal