De conformidad con lo previsto en la resolución Nº 2020-0027 dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en fecha 9 de diciembre de 2020, HOMOLOGA con apego a lo dispuesto en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el convenimiento celebrado por los ciudadanos
NAYIVI NATHALY RAMIREZ DE MUGUERZA y DARWIN JOEL MUGUERZA AVILAN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.708.447 y V-12.762.786, en su orden, actuando a favor y beneficio de sus hijos (se omiten los nombres de los niños, niñas y/o adolescentes sujetos a protección de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en los siguientes términos: "(...)Primero: El Sr. MUGUERZA AVILAN, DARWIN JOEL, dará una Obligación de Manutención de cinco mil quinientos bolívares (5.500,00 Bs.) mensuales o el 35% de sus ingresos, para ser depositados mensualmente, en la cuenta de ahorros del Ban.....