Por los fundamentos expuestos, este administrador de Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el desistimiento de la solicitud de Divorcio por el 185-A del Código Civil, aprobado y homologado el desistimiento, suscrito por los ciudadanos INGRID MARICELA RODRÍGUEZ de CASTILLO y ABEL NOE CASTILLO CAMACARO, ampliamente identificados, en fecha 24 de octubre de 2014, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme. En consecuencia, se declara terminado el procedimiento.