Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos AURA ELENA JIMÉNEZ MOUNICOU y GONZALO ENRIQUE TOVAR GONZÁLEZ, ampliamente identificados, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha 29 (29) de enero de dos mil (2000), ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Los Salias del estado Miranda, según consta de Acta Nº 5, del año 2000.