Se DECRETÓ la separación de cuerpos y bienes de los solicitantes ciudadanos CAROLINA GIOVANNA PEREZ DE ROJAS y MARCO ANTONIO ROJAS TOLEDO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad No. V- 6.178.128 y V-6.489.608, en su orden, en los mismos términos expuestos en su escrito, ello de conformidad con lo establecido en el parágrafo primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 188 y 189 del Código Civil, y conforme a la Resolución Nº 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.152, de fecha 2 de abril de 2009. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con arreglo a lo dispuesto en el artículo 196 del texto sustantivo civil, anexándole copia certificada del escrito y del presente decreto (previo suministro de los fotostatos requeridos), a los fines de que actúe en el procedimiento como parte de buena fe.