scrito de SEPARACIÓN DE CUERPOS y BIENES presentado por los ciudadanos LURIANNY KATIUSKA GUTIÉRREZ PRIETO y EDGARD ANTONIO HARTLIEP ALVARADO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad NROS V-21.468.465 y V-17.637.349, respectivamente; asistidos por la abogada Jacqueline Brito, inscrita en el Inpreabogado bajo el NRO 180.565; este Tribunal Decreta la SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los cónyuges en los mismos términos expuestos en su escrito