CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos HUMBERTO EZEQUIEL MALDONADO CAMPOS y MARIBEL DE JESUS SILVA DE MALDONADO, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha veinticinco de noviembre de mil novecientos setenta y siete (1977), por ante el Juzgado Tercero de Parroquia del Departamento Libertador de la Circunscripción del Distrito Federal y del Estado Miranda, según consta de acta de matrimonio No. 147