Se declaró ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos JESSICA CAROLINA DOLORES SERRANO y DANIEL ALEJANDRO DOLORES SERRANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 16.887.021 y V- 18.537.774, en su orden, en su carácter de hijos del causante PEPE NESTOR DOLORES RAMON, quien en vida era de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad No. V- 23.713.218, quien falleció el día veintinueve (29) de enero de dos mil veintiuno (2021), tal como se desprende del acta de defunción emitida por la Oficina de Registro Civil y Electoral del Municipio Sucre, Estado Miranda, de fecha treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintiuno (2021), bajo el No. 35, Libro 01, Folio 35, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.