este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos, ciudadanos: LIGIA RODRIGUEZ DE PARACO y JULIAN PARACO, venezolanos, mayores de edad, ambos de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.071.960 y V-5.524.935, respectivamente.- asistidos en este acto por la profesional de Derecho: MERCEDES ENRIQUETA MAGDALENO DE LARRIBA, Abogada en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 170.972. Y en consecuencia declara: DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, que los une hasta el día de hoy, en virtud del matrimonio por ellos celebrado por ante el Registro Civil del Municipio Au.....