III
DISPOSITIVA
En base a los hechos narrados, el derecho invocado y con fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guatire, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en la sentencia N° 136 de fecha treinta (30) de marzo del año 2017 emanada de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por el profesional del Derecho, Abogado HEBERTO RAMON BELLO GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado (IPSA) bajo el Nº 299.700, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de los solicitantes, ciudadanos YELITZA COROMOTO RODRIGUEZ DE PINTO y FELIPE AGUSTIN PINTO SANCHEZ, venezolanos, ma.....