este Tribunal Primero Ordinario de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuesto por los ciudadanos EDUARDO ENRIQUE MEIER GARCIA y CARLOS MIGUEL MOREIRA DIAZ, con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ELSA MARÍA PELAEZ TEXEIRA, ANA MARÍA PELAEZ TEXEIRA y ARMANDO PELAEZ TEXEIRA, en contra del ciudadano SALVATORE SANTANIELLO BONA, todos identificados en los autos. SEGUNDO: Se acuerda la entrega material del inmueble arrendado en las mismas condiciones en que declaró haberlo recibido en el contrato aquí resuelto. TERCERO: Hay expresa condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.