este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus: JANH ANDRUWS MEDINA D’BELACK, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de los ciudadanos: ZUGEY CHIQUINQUIRA PIRELA UZCATEGUI, ELEODORO MEDINA RODRIGUEZ y ROSA MARGARITA D’BELACK.