DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guatire, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: Se DECLINA LA COMPETENCIA EN RAZON DE LA CUANTÍA, al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
SEGUNDO: Remítase la presente causa al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, una vez el fallo quede definitivamente firme.
TERCERO: Dada la naturaleza del fallo no hay especial condenatoria en costas.-
CUARTO: Déjense transcurrir los cinco (05) días de despacho establecidos en el artículo 69 del Código de Proc.....