DECLARA: CON LUGAR la Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos DIMAS ENCARNACIÓN VIÑA, ELSA SORAIDA VIÑA DE ALAYON, GUILLERMO GONZALO VIÑA, LUCRECIA MARGARITA VIÑA Y CARMEN LUCIA VIÑA BLANCO, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 2.582.385, V-4.291.013, V-3.631.294, V-4.291.015 y V-6.419.688, de los De Cujus ANTONIO JOSÉ VIÑA Y JOSÉ DE LOURDES VIÑA, quienes eran titulares de las cédulas de identidad Nº V-4.290.805 y V-1.283.680, respectivamente. Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.