DECLARA INADMISIBLE, por inepta acumulación de pretensiones de conformidad con el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil, la presente demanda que por DESALOJO DE VIVIENDA Y LOCAL COMERCIAL que interpusieran los ciudadanos OMAR ANTONIO IBARRA RAMOS, ROBERT ANTONIO IBARRA MORENO, HÉCTOR DAVID SILVA MORENO y REINALDO SILVA MORENO, titulares de la cedula de identidad N° V-3.884.089, V-12.063.127, V-9.417.986 y V-10.379.329, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada Ana Valverde, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 153.964, en contra del ciudadano RICHARD NOÉ IBARRA MORENO, titular de la cedula de identidad N° V-14.909.593. Remítase la presente decisión al correo electrónico robertibarra05@gmail.com y abogadavalverde2021@gmail.com