En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO (02) DE MUNICIPIO, ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el articulo 185-A, del Código Civil realizada por los ciudadanos: NINOSKA JOSEFINA RONDON y OSCAR ANTONIO ACOSTA YANEZ, venezolanos mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad números: V.- 6.342.739 y V.-6.142.274, respectivamente, asistidos por el profesional del derecho ROBERTO BELTRÁN MARTÍNEZ, inscrito en el instituto de Previsión social del Abogado bajo la matricula numero 123.806
SEGUNDO: Se declara DISUELTO EL MATRIMONIO, contraído el 29 de marzo de 1990, por los ciudadanos: NINOSKA JOSEFINA RONDON y OSCAR ANTONIO ACOSTA YANEZ, venezolanos mayor.....