DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 8, 365, 366 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido con el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre los ciudadanos JORGINA COROMOTO GOMEZ BOHORQUEZ y ANTONIO RAFAEL SEIJAS BOLIVAR, ambos de nacionalidad venezolana y titulares de las cédulas de identidades Nº V- 24.455.346 y V-18.730.218 respectivamente, en relación a la Obligación de manutención en beneficio de la niña ASHLEY ANTHONELLA SEIJAS GOMEZ, nacida en fecha 19-11-2.016, quien actualmente cuenta con 7 años de edad, según Acta de nacimiento Nº 681, en los términos ut supra indicados. Notifíquese a las partes mediante boletas. –
Publíquese en el portal Web: http://miranda.tsj.gob.ve, y regístrese, la presente d.....