Se dictó sentencia mediante la cual se declaró: Extinguida la obligación de manutención, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 383 de la Ley Orgánica de Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes. Segundo: Se ordena el cierre definitivo del presente asunto y asimismo remitirlo al depósito de archivo judicial de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura Región Miranda, para su resguardo.