DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, con sede en Charallave, Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PERIMIDA LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana YOHANA CAROLINA MENDOZA MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-29.990.985, asistida por el Abogado: FRANKLIN GRANADINO RIOS, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 187.805, en virtud que ha transcurrido más de siete (07) años, sin que se hubiere efectuado el impulso procesal correspondiente.
No hay imposición de costas de conformidad con el Artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese.....