Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por ACCION REIVINDICATORIA interpusieran los ciudadanos WILSON ARTURO MORENO CUADRADO y NAIL ENYMER JAIMES AMADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.195.193 y V-12.554.585, respectivamente contra la ciudadana HORTENCIA GUTIERREZ DE LOZANO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.850.207. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Se ordena la notificación de las partes de conformidad con el artículo 251 ejusdem.....