...por autoridad de la ley, CON LUGAR la revisión de la medida privativa de libertad que pesa en su contra de los ciudadanos CHOPITE USTARIZ JULIO CESAR y SINCLAIR BLANCO YADIRA, formulada por la defensa pública penal y a la cual no se opuso el representante del Ministerio Público, y por cuanto las resultas del proceso pueden ser satisfechas con una medida menos gravosa, este Juzgado le impone a los ciudadanos CHOPITE USTARIZ JULIO CESAR y SINCLAIR BLANCO YADIRA, las medidas cautelares sustitutivas a la privación de libertad contempladas en el artículo 256 en sus numerales 3 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal consistentes en la presentación de dos (2) fiadores de reconocida buena conducta, que deberán comprometerse a cumplir mediante acta, con los requisitos a que se refiere el artículo 258 ejusdem, para lo cual deberán acreditar previamente capacidad económica equivalente en Bolívares a un salario de cuarenta (40) Unidades Tributarias, cada uno, a través de la presentación de.....