...Se declara SIN LUGAR las excepciones opuestas por la defensa Pública, Dr. HECTOR VILLEGAS, establecidas en el artículo 28 numeral 4 literal i del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que la acusación formulada por la Representación Fiscal, dio cabal cumplimiento a todos los requisitos de forma, establecidos en el artículo 326 en sus seis numerales del texto adjetivo penal; en consecuencia, se declara Sin Lugar la solicitud de Sobreseimiento, a que se refiere el artículo 33 numeral 4 ejusdem. Segundo: Se declara Sin Lugar la solicitud de Nulidad Absoluta de las Actas Policiales interpuesta por la Defensa Privada Dr. Héctor Oropeza, toda vez que no se evidencia violación de derechos y garantías fundamentales del imputado; a tenor de lo dispuesto en los artículos 190 y 191, ambos del Código Orgánico Procesal Penal; por el contrario se observa que las contradicciones en la identidad del ciudadano GOMEZ SANCHEZ JILL JOHOMAR, reflejadas en dichas actas policiales son producto de la in.....