Con fuerza en la motivación precedente este JUZGADO TERCERO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara SIN LUGAR las solicitudes interpuestas por las profesionales del derecho Nancy Rodríguez, quien para la fecha actuó en su condición de Defensora del ciudadano Gerardo Alberto Pérez Ugueto y Yamili Gutiérrez Zambrano, en su carácter de defensora privada del ciudadano Gonzalo Enrique Gabriel Simancas Planas, en cuanto a que se les sustituya a los referidos ciudadanos la medida de privación de libertad que pesa en contra; por una medida cautelar menos gravosa; por considerar que se mantienen incólumes los supuestos establecidos en el artículo 250 del texto adjetivo penal; así como los supuestos establecido en los numerales 2°, 3° y parágrafo primero d.....