decretar el archivo de las actuaciones, el cual comporta el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas y la condición de imputado, dejando a salvo la posibilidad que asiste al Ministerio Público como titular de la acción penal de solicitar al juez de control que la investigación sea reabierta cuando surjan nuevos elementos que lo justifiquen, ello en atención a la parte infine del artículo 314 de la norma adjetiva penal vigente. Por lo anterior, se niega la solicitud presentada por el Ministerio Público y la Dra. Mercedes Belisario, por haberse vencido, en exceso, el lapso fijado sin que se concluyera la investigación.