Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: ORDENA ACUMULAR, las Causas Nos. 3C8896-02 y 3C9077-02. que se le siguen al mismo tiempo al ciudadano: VERENZUELA JOSE ENRIQUE, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el Artículo 455 Ordinal 4to. del Código Penal, en concordancia con el artículo 80 ejusdem, de conformidad con lo establecido en el artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo previsto en el artículo 70 ibidem, por tratarse de los mismos hechos.
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente Decisión.