...De conformidad con lo establecido en el artículo 93 segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se califica la flagrancia del hecho y de la aprehensión practicada al ciudadano SILVA RODRIGUEZ VICTOR DAVID, titular de la cédula de identidad V-10.695.191, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana XXXXX y EXHIBICION PORNOGRAFICA DE ADOLESCENTES, tipificado en el artículo 24 de la Ley especial contra los Delitos Informáticos; en perjuicio de la adolescente XXXXX, mas no en relación a la presunta comisión del delito de abuso sexual, el cual ya se encontraba en investigación; quedando en consecuencia calificada la flagrancia del hecho in comento y legitimada, por tanto, la aprehensión que se hiciera del ciudadano SILVA RODRIGUEZ VICTOR DAVID, de conformidad con la norma constitucion.....