Por todo lo precedentemente expuesto este Tribunal TERCERO de Primera Instancia en Funciones de CONTROL del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara sin Lugar el Recurso de Revocación interpuesto por el Apoderado Judicial de las Victimas Querellantes ANTONIO MATINELLA D ANNA y JOSE ANTONIO ALFONSO BARRIOS, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.175.036 y V-5.143.483, respectivamente, toda vez que no es susceptible de revisión nuevamente lo decidido por esta Instancia, dada su incompetencia funcional para proveer su petición, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 444 del Código Orgánico Procesal Penal en armonía con el artículos 11, 24, 108 ordinal 10° y 118 Ejusdem en armonía con los artículos 81 y 82 de la Ley Orgánica d.....