Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara: Primero: A tenor de lo dispuesto en el artículo 264 del Código orgánico Procesal Penal, en virtud de los resultados del reconocimiento médico legal practicado, se sustituye la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad dictada por este Tribunal en fecha 25 de Junio del 2003, en contra del ciudadano Rodríguez Velandria Gabriel Andrés: Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-14.481.508, nacido en fecha: 14/08/1980, de 23 años de edad, de estado civil: soltero, profesión u oficio: estudiante universitario, residenciado en Lagunetica, calle Nueva Esparta, casa S/N, sector Mataruca, Los Teques, Estado Miranda; por la medida cautelar sustitutiva contemplada en el.....