Este Juez Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en aplicación del artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Dra. YERANI PINTO HUERTA, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano acusado DOMINGUEZ SILVA WILLIAMS ERNESTO, portador de la cédula de identidad N° V- 13.511.497, y MODIFICA las medidas cautelares sustitutivas de libertad del artículo 256 numerales 3, 6 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal impuestas a su defendido y le impone las siguientes: numeral 8: prestación de caución económica mediante dos fiadores de reconocida buena conducta, domiciliados en Venezuela, que deberán acreditar en su conjunto CUARENTA (40) UNIDADES TRIBUTARIAS, fiadores que deberán comprometerse ante este Tribunal conforme al artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, y presentar .....