...PRIMERO: Se determina que el ciudadano CARRILLO ORTIZ ALI MANUEL, titular de la cédula de identidad personal número V-05.451.994, ha permanecido en libertad durante todo el proceso, faltándole por cumplir la totalidad de la pena principal impuesta, esto es, TRES (03) MESES, SIETE (07) DÍAS y 12 HORAS de prisión, no pudiéndose en consecuencia determinar tal como lo requiere el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, la fecha exacta de finalización de la condena dada la condición de libertad en que se encuentra el precitado ciudadano.
SEGUNDO: Condenado como fuere de igual manera el ciudadano CARRILLO ORTIZ ALI MANUEL, a cumplir las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, a saber, inhabilitación política durante el tiempo de la pena y sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine, se determina, en consecuencia, faltarle por cumplir de la pena accesoria de inhabilitación política, TRES (0.....