Otorga el beneficio de la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al Penado FERNANDEZ NUÑEZ ANGEL GABRIEL, Identificado con la cédula de Identidad N° V-12.217.165, nacido en fecha 27-09-1972, estado civil casado, de profesión Mecánico Diessel, domiciliado en Barrio Raúl Leoni, calle 73- A, N° 99-80, Maracaibo Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los artículos 13, 14, 15 de la derogada Ley de Beneficios en el Proceso Penal aplicada extraactivamente, a tenor de los artículos 24 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal, acordándole un RÉGIMEN DE PRUEBA DE TRES (03) AÑOS, imponiéndole las siguientes obligaciones: 1.- A no salir de la jurisdicción del Estado Miranda y Distrito Capital, sin autorización de éste Tribunal; 2.- No cambiar de residencia, o fijar la misma en otro Municipio, Estado o territorio del país, sin previa notificación a este Despacho, siempre y cuando su regencia forzada n.....