Decide: ÚNICO: En la facultad que confieren al Tribunal en funciones de ejecución los artículos 64 último aparte, 479 numeral 1 y 532 del texto adjetivo penal vigente, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal, en relación con el artículo 16 ejusdem, se DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL de TRES (03) MESES DE PRISIÓN y DE LA ACCESORIA atinente a la INHABILITACIÓN POLÍTICA, prevista en el ordinal 1º de la última disposición sustantiva referida, que fueran impuestas en fecha veintisiete (27) de Agosto del año en curso por el Tribunal de primera instancia en función de juicio, No, 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, al ciudadano JOSÉ ALBERTO RAMOS FERNÁNDEZ, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el nueve (09) de Enero del año mil novecientos cuarenta y seis (1946), hijo de Olga Fernández y José Bernardo Ramos, de cincuenta y ocho (58) años de edad, titular de la cédula de identidad personal No. V-03.2.....