Establece que ha transcurrido un total de UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES y DOS (02) DIAS; del lapso del régimen de prueba impuesto a la penada ZÚÑIGA BLANCO LEISY, titular de la cédula de identidad N° V-15.049.343, con ocasión de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, que le fue otorgada por éste Tribunal, en fecha 30/09/2003; siendo el caso que falta por transcurrir un total de UN (01) MES y VEINTIOCHO (28) DÍAS de régimen de prueba; el cual eventualmente cumplirá la penada en fecha 30/04/2005; previa verificación exhaustiva del resto de las condiciones impuestas.
Notifíquense a las partes, de conformidad con lo dispuesto en el único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.